A vueltas con la ejecución de sentencias de derribo que pueda causar perjuicios a terceros de buena fe

  1. ANTONIO EZQUERRA HUERVA
Revista:
Revista española de derecho administrativo

ISSN: 0210-8461

Año de publicación: 2018

Número: 195

Páginas: 67-100

Tipo: Artículo

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Resumen

En el presente trabajo se aborda el estudio de la interpretación del art. 108.3 UCA, a cuyo tenor la ejecución de las sentencias que ordenan la demolición de inmuebles debe ir acompañada de la exigencia, por parte del órgano judicial, de garantias para hacer frente a posibles indemnizaciones a que puedantener derecho terceros de buena fe afectados por el indicado derribo. El punto de arranque del estudio lo constituyen las cuatro primeras sentencias del Tribunal Supremo dirigidas a clarificar el alcance e interpretación del precepto en cuestión. Ello no obstante, el trabajo da un paso más allá del comentario de los aludidos pronunciamientos judiciales. En particular, también se aportan propuestas de interpretación sobre aspectos controvertidos todavía sin resolver,y se analiza la adecuación de la norma a la Constitución, proponiendo una interpretación conforme a la misma.

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