La calificación del despido del trabajador enfermo tras la Ley 15/2022valoración de los primeros pronunciamientos judiciales

  1. JOSEP MORENO GENÉ
Revista:
Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

ISSN: 1696-9626

Año de publicación: 2023

Número: 64

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Resumen

La aprobación de la Ley 15/2022 y, en particular, la inclusión expresa de la enfermedad o condición de salud, el estado serológico y/o la predisposición genética a sufrir patologías y trastornos, entre los motivos de discriminación, plantea la cuestión de cómo puede afectar esta norma a la calificación jurídica que debe merecer el despido de los trabajadores enfermos y, en particular, si a partir de ahora dichos despidos deben ser calificados como nulos y no improcedentes como viene sucediendo hasta ahora de forma abrumadoramente mayoritaria. Habiendo ya transcurrido un cierto tiempo desde la aprobación de la Ley 15/2022 ya nos encontramos con los primeros pronunciamientos judiciales que han tenido que abordar esta cuestión. Precisamente, en este comentario se pretenden exponer y valorar algunas de estas primeras decisiones judiciales.

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